Ir al contenido principal
industria

Por qué los contratos por diferencia de carbono podrían ser la medida política que Europa necesita para descarbonizar la industria

25 de agosto de 2022 Área de trabajo: Captura de carbono, combustibles de carbono cero

La UE ha establecido un plan exhaustivo para alcanzar sus objetivos en el marco del Acuerdo de París, comprometiéndose a lograr cero emisiones netas de gases de efecto invernadero para 2050.  

La descarbonización de la industria europea es esencial para alcanzar estos objetivos, teniendo en cuenta que la industria es responsable de cerca del 22% de las emisiones del bloque, según datos de la CMNUCC y de la Agencia Europea de Medio Ambiente. La descarbonización industrial es también una oportunidad para que Europa asegure la competitividad a largo plazo de su sector industrial en el mercado mundial. 

Sin embargo, la descarbonización industrial dista mucho de ser una tarea fácil de lograr y cuanto más tiempo la ignoremos, más difícil será. La industria pesada es especialmente difícil de descarbonizar, ya que muchos procesos de producción dependen de la combustión de combustibles fósiles para generar altas temperaturas, que son difíciles o imposibles de reproducir con electricidad. Otras industrias liberan CO2 a partir de la química central del proceso, lo que supone el 60% de las emisiones de la producción de cemento. Para reducir significativamente las emisiones, tecnologías como la captura y el almacenamiento de carbono y el hidrógeno de bajas emisiones serán vitales. Pero el despliegue de estas tecnologías a una escala suficientemente grande no ha sido todavía una prioridad política. 

Las políticas climáticas integrales deben ser una prioridad 

Unos marcos políticos sólidos de innovación y despliegue de tecnologías con bajas emisiones de carbono son un componente rector de cualquier estrategia eficaz de neutralidad climática. El despliegue rápido y a gran escala de las tecnologías de mitigación sólo es posible si las comercializamos, logrando la reducción de costes y la construcción de las infraestructuras necesarias.  

La superación de las barreras relacionadas con los costes tendrá que lograrse mediante el aprendizaje a través de la búsqueda (es decir, el desarrollo de soluciones tecnológicas de vanguardia), el aprendizaje a través de la práctica (es decir, la reducción de costes asociada a la ampliación de la producción y el desarrollo de la tecnología) y otros procesos de innovación que puedan reducir significativamente los costes y garantizar la comparabilidad en términos de viabilidad económica. Por esta razón, debemos ampliar y mejorar las políticas de innovación que apoyan la adopción de tecnologías con bajas emisiones de carbono, con el objetivo final de permitir que la política climática global impulse el despliegue de la tecnología. 

Para salvar esta brecha de comercialización, se están proponiendo diversas opciones políticas: la taxonomía de la UE, el Mecanismo de Ajuste en la Frontera del Carbono (CBAM), la revisión de las directrices sobre ayudas estatales para la energía y el clima y la Directiva de la UE sobre fiscalidad de la energía, así como la contratación pública ecológica o los precios mínimos del carbono. 

Aunque estas opciones pueden resultar potencialmente muy útiles para permitir la reducción intersectorial de las emisiones, necesitamos más medidas específicas para abordar el problema en su esencia: actualmente no hay argumentos comerciales viables para las inversiones a escala comercial en algunas tecnologías de baja emisión de carbono. Se necesitan instrumentos adicionales que, por un lado, promuevan y fomenten las innovaciones necesarias y, por otro, apoyen las inversiones requeridas.  

Introducción de los contratos por diferencia de carbono 

Un instrumento político potencialmente atractivo, descrito por primera vez por Helm y Hepburn (2005) y recomendado por primera vez por Richstein et al. (2017), podría ser que los organismos públicos adjudicaran "contratos de carbono por diferencia" (CCfD).  

La idea que subyace a los CCfD es que los gobiernos nacionales ofrezcan contratos a largo plazo para pagar la diferencia entre el precio actual del carbono y el coste real de la reducción delCO2

En el ámbito de la UE, la Comisión tiene previsto poner en marcha los CCfD como parte de su plan REPowerEU y de su propuesta de revisión del Sistema de Comercio de Emisiones de la UE (ETS) para apoyar el cambio de la actual producción de hidrógeno en los procesos industriales del gas natural a las energías renovables y la transición a los procesos de producción basados en el hidrógeno en las industrias de materiales básicos como la siderurgia. 

Aunque el debate en torno a las CCfD es relativamente nuevo, están recibiendo un amplio reconocimiento como una de las opciones más prometedoras para descarbonizar la industria europea. Los responsables políticos, la industria y el mundo académico los reconocen como instrumentos útiles para impulsar el desarrollo de sectores industriales descarbonizados, sin tener que esperar a que Europa esté preparada política y económicamente para aceptar precios más altos del carbono, pagar una prima por los productos bajos en carbono o aplicar un conjunto de ajustes en la frontera del carbono negociados internacionalmente. 

¿Cómo funcionan los Contratos por Diferencia de Carbono? 

Los CfD pueden ser una herramienta eficaz y económicamente eficiente para desencadenar reducciones de emisiones en diversos sectores industriales, incentivando la adopción de tecnologías de descarbonización. Mientras que los regímenes existentes de CfD (Contrato por diferencia) están diseñados principalmente para apoyar el despliegue de la generación de electricidad con bajas emisiones de carbono vinculada a tecnologías ya establecidas, los CCfD marcan un enfoque intersectorial y abierto a la tecnología que permite una orientación suficiente. 

También garantizan a los inversores en proyectos innovadores de bajas emisiones de carbono un flujo estable de ingresos procedentes del ahorro de carbono, al proporcionar un determinado precio fijo que compensa el coste adicional de las reducciones de emisiones deCO2 por encima de los niveles actuales del mercado de precios del carbono. De este modo, los CCfD cubren los costes adicionales de la tecnología de producción beneficiosa para el clima y sirven como mecanismo de seguridad a largo plazo para los inversores en un mercado incipiente e incierto. 

Los CCfD pueden utilizarse como instrumento político para impulsar el desarrollo de mercados de hidrógeno y materiales básicos con bajas emisiones de carbono, como el acero, el cemento y los productos químicos, mediante la creación de contratos por la diferencia entre el coste real de la reducción de las emisiones asociadas y el precio del carbono que pagarían los productores si se ciñeran a la producción convencional con altas emisiones de carbono.  

Básicamente, funcionan de forma similar a los actuales sistemas de licitación para las energías renovables, pero en lugar de pagar la diferencia entre el precio de ejercicio de la electricidad y el precio del mercado eléctrico, la contraparte pública pagaría la diferencia entre un precio competitivo fijo (precio de ejercicio del CO2) y el precio de referencia real del CO2 en el RCCDE

Así, en un CCfD, una entidad comercial y un organismo público acuerdan un precio de ejercicio del carbono (en euros/t de CO2 eq) para un periodo de tiempo determinado. En cada año de ese período, si el precio de referencia variable real es inferior al precio contractual acordado, la contraparte pública pagaría a la empresa/inversor la diferencia entre el precio de ejercicio y el precio de referencia (por ejemplo, el precio medio realizado de los derechos de emisión del RCCDE). Si el precio de referencia real es superior al precio contractual acordado, el comprador comercial compensa al vendedor del contrato por la diferencia (véase también el gráfico siguiente). 

Fuente: gráfico basado en "Carbon contracts for difference: an essential instrument for European industrial decarbonization", Climate Policy Journal, 2020 

Los CCfD cubren la diferencia de costes (ligada al coste de reducción del carbono de la tecnología) entre las tecnologías convencionales y las alternativas de baja emisión de carbono, compensando al inversor por las diferencias de coste entre un producto de baja emisión de carbono y un producto convencional de alta emisión de carbono.

El cambio de producción de una tecnología de referencia convencional, intensiva en carbono, a una tecnología de baja emisión de carbono/neutral en carbono añade costes adicionales: los costes de transformación.

La asignación de estos costes de transformación por tonelada de materia prima/producto básico (por ejemplo, acero, cemento, etc.) da lugar a costes adicionales (EUR/trm). Los costes adicionales de las inversiones (Δ CAPEX) deben anualizarse y, junto con los costes de explotación adicionales (Δ OPEX), asignarse al volumen de producción. 

Los costes de reducción deCO2 son la relación entre los costes adicionales (euros/trm) y la reducción de carbono que resulta de cambiar la producción de una tecnología de referencia [x] a una tecnología baja en carbono [y]. 

Los costes medios de reducción delCO2 fijan el precio del contrato (precio de ejercicio del CO2). 

Sobre esta base, una empresa y un organismo público (por ejemplo, el gobierno nacional) celebran un Contrato de Carbono por Diferencia

Un ejemplo simplificado para ilustrar cómo pueden funcionar las CCfD en la práctica

 
Pensemos en dos empresas industriales de alto consumo energético que producen acero en la UE.  
 
La empresa X produce acero con tecnología convencional y tiene unos costes de producción de 500 euros por tonelada y, además, debe gastar 75 euros en derechos de emisión (50 euros por tonelada de dióxido de carbono) por las emisiones de carbono generadas en el proceso de producción (1,5 toneladas de dióxido de carbono por tonelada de acero producida). Así pues, los costes totales de producción de la empresa X ascienden a 575 euros por tonelada de acero.  
 
La empresa Y utiliza una tecnología de fabricación (casi) neutra en materia de CO2 (por ejemplo, hierro reducido directamente a base de hidrógeno verde) y, por tanto, tiene unos costes de producción más elevados, de 680 euros por tonelada. Para respaldar la adopción de esta tecnología, se le ha concedido un CCfD de 10 años con un precio de huelga del carbono de 120 euros por tonelada de dióxido de carbono. Cada empresa produce 1 millón de toneladas de acero al año. 
 
Dado que la empresa Y y el Gobierno han suscrito un CCfD, que equilibra la diferencia entre el precio medio de mercado de los derechos de emisión al año (50 euros por tonelada de dióxido de carbono para el año de partida) y el precio de ataque del carbono acordado (o los costes de reducción del carbono), la subvención anual para la empresa Y puede calcularse de la siguiente manera (véase también la ilustración siguiente): 



Fuente: gráfico basado en Agora Energiewende, 2019 
 
Precio de la huelga de carbono (120 euros por tonelada de dióxido de carbono) menos el precio medio de los derechos de emisión (50 euros por tonelada de dióxido de carbono) = 70 x 1,5 millones (multiplicado por 1,5 millones de toneladas de carbono reducidas por la producción de 1 millón de toneladas de acero al año) = 105 millones de euros. 
 
Se elimina un "riesgo del precio del carbono" por valor de 105 millones de euros de la producción innovadora de la empresa Y que beneficia al clima, haciéndola competitiva en costes con la tecnología de producción convencional de la empresa X.  
 
Si avanzamos cinco años y suponemos un precio medio de los derechos de emisión de 100 euros por tonelada de dióxido de carbono para la mitad del contrato (y suponemos que todos los demás parámetros permanecen inalterados), el pago a la empresa Y se reduciría a Precio de la huelga de carbono (120 euros por tonelada de dióxido de carbono) menos el precio medio de los derechos de emisión (100 euros por tonelada de dióxido de carbono) = 20 x 1,5 millones (multiplicado por 1,5 millones de toneladas de carbono reducidas por la producción de 1 millón de toneladas de acero al año) = 30 millones de euros. 
 
Para reducir significativamente el coste de la descarbonización, la mejor solución es ofrecer a los inversores un precio del carbono predecible, que ponga una amplia cartera de tecnologías de baja emisión de carbono en igualdad de condiciones competitivas con las tecnologías de alta emisión de carbono. Siempre que el precio del carbono se fije en un nivel adecuado, la inversión de capital inicial resulta atractiva. 

La descarbonización de la industria europea, en concreto de su producción de materiales básicos, es crucial para alcanzar el objetivo de neutralidad climática. Dado que el grueso de las emisiones procede principalmente del cemento, el hierro, el acero y unas pocas materias primas químicas, cualquier nueva inversión en estas industrias debe ser compatible con las ambiciones climáticas de la UE. Los Contratos por Diferencia de Carbono pueden ser el instrumento que apoye directamente estas inversiones, y ofrecen el potencial de llenar el vacío en el marco político actual para descarbonizar las industrias europeas de alto consumo energético. Los CCfD también son fundamentales, ya que pueden permitir el reparto de riesgos y costes entre las administraciones públicas y la industria, al tiempo que garantizan el objetivo conjunto de la descarbonización industrial. En última instancia, su importancia radica en la creación de un entorno empresarial exitoso para las inversiones a escala comercial en tecnologías de baja emisión de carbono, un requisito previo para el camino de Europa hacia una profunda transformación industrial, por lo que su rápida aplicación es esencial. 

Esta es la primera parte de una serie de artículos sobre los CCfD. La segunda parte se encuentra aquí: ¿Por qué están ganando popularidad los Contratos por Diferencia de Carbono en Europa?

Entradas relacionadas

Manténgase informado

Sign up today to receive the latest content, news, and developments from CATF experts.

"*" indica que los campos son obligatorios